Emitir tu primera factura es el momento en que tu actividad como autónomo deja de ser un proyecto y pasa a ser un negocio real ante Hacienda. No es solo un recibo: es un documento legal con requisitos estrictos que determinan cuánto IVA ingresas cada trimestre, cuánto IRPF te retiene tu cliente y si esa factura servirá a tu cliente para deducirse el gasto.
La buena noticia es que, una vez entiendes los elementos obligatorios, el proceso es rápido y predecible. La mala es que Hacienda se toma muy en serio los errores: facturas sin numeración correlativa, IVA mal aplicado o falta de retención de IRPF están entre los fallos más sancionados en inspecciones a autónomos. Esta guía te lleva paso a paso por todo lo que necesitas para emitir tu primera factura legal en 2026, con un ejemplo práctico con cifras reales.
Antes de emitir: lo que tienes que tener hecho
Antes siquiera de pensar en tu primera factura, necesitas tener completados los siguientes trámites. Si te falta alguno, tu factura técnicamente no es válida.
- Alta en Hacienda. Has tenido que presentar el Modelo 036 o 037 antes de empezar tu actividad. Este documento te asigna un epígrafe del IAE y te permite emitir facturas legalmente.
- Alta en la Seguridad Social. Inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través del Modelo TA0521.
- Cuenta bancaria profesional. No es legalmente obligatoria para autónomos personas físicas, pero separar las finanzas profesionales de las personales te ahorrará problemas de contabilidad y control de gastos deducibles.
- Software de facturación compatible con Verifactu. Desde 2026 los autónomos deben usar sistemas certificados que envíen el registro de cada factura a la AEAT. Hojas de cálculo o plantillas de Word ya no son una opción legal.
Los elementos obligatorios de una factura en España
Una factura completa en España debe contener todos estos elementos, según el Real Decreto 1619/2012. Si falta cualquiera, la factura no es válida y Hacienda puede rechazarla.
- Número y serie correlativos. Cada factura debe tener un número único, consecutivo y sin saltos. Puedes usar una única serie (2026-0001, 2026-0002...) o varias series por cliente o tipo (PRO-2026-0001, NAC-2026-0001). Si usas series, cada una debe ser correlativa internamente.
- Fecha de expedición. El día en que emites la factura.
- Tus datos como emisor. Nombre y apellidos completos, NIF, domicilio fiscal completo.
- Datos del destinatario. Nombre o razón social, NIF/CIF, domicilio. Si facturas a un particular, basta con nombre y NIF.
- Descripción de la operación. Qué servicio prestaste o qué producto vendiste. Tiene que ser específico: "Servicios profesionales" no vale, "Diseño de identidad corporativa para campaña Primavera 2026" sí.
- Base imponible. El importe de la operación antes de impuestos.
- Tipo impositivo de IVA y cuota. El porcentaje (21%, 10%, 4% o exento) y el importe en euros.
- Retención de IRPF cuando aplique. Si facturas a una empresa o autónomo en España en una actividad profesional, corresponde una retención.
- Total a pagar. Base + IVA − IRPF.
- Fecha de operación si es distinta de la fecha de expedición.
Factura completa vs. factura simplificada
La normativa permite emitir facturas simplificadas (lo que antes eran "tickets") en operaciones de hasta 400 € con IVA, o hasta 3.000 € en determinados sectores como hostelería o transporte de viajeros. Las simplificadas llevan menos datos: no hace falta identificar al destinatario si no es empresario.
En la práctica, como autónomo B2B, casi siempre debes emitir factura completa. La razón es sencilla: si tu cliente es empresa o autónomo y quiere deducirse el IVA de tu factura, necesita una factura completa con sus datos. Una simplificada no le sirve. Por eso la recomendación es emitir siempre factura completa salvo que vendas al consumidor final en pequeños importes.
Cómo elegir el IVA correcto
España tiene cuatro tipos de IVA y elegir mal es uno de los errores más caros.
- 21% — tipo general. La mayoría de servicios profesionales (diseño, consultoría, programación, marketing) y productos generales.
- 10% — tipo reducido. Hostelería, transporte de viajeros, ciertas obras de construcción y rehabilitación de viviendas, entradas a espectáculos.
- 4% — tipo superreducido. Alimentos básicos, libros, periódicos, medicamentos, viviendas de protección oficial.
- Exento. Educación reglada, servicios sanitarios, ciertos servicios financieros y de seguros.
Si no estás seguro del tipo que te corresponde, hay una guía específica sobre cómo elegir IVA e IRPF que cubre todos los casos frecuentes.
Cuándo aplicar IRPF (retención)
La retención de IRPF es donde más se equivocan los nuevos autónomos. Las reglas son claras:
- Facturas a empresas o autónomos en España en actividades profesionales: se aplica retención. Tipo general del 15%, o 7% si es tu año de alta o los dos siguientes (y no has ejercido la actividad profesional en los 12 meses anteriores).
- Facturas a particulares: no se aplica retención.
- Facturas a clientes extranjeros (UE o fuera de la UE): no se aplica retención de IRPF español.
- Facturas de actividades empresariales (no profesionales, por ejemplo comercio minorista en estimación objetiva): generalmente no llevan retención.
Cuando aplica retención, quien la paga a Hacienda es tu cliente, no tú. Tu cliente ingresa ese 15% (o 7%) en su Modelo 111 trimestral y tú lo declaras como pago a cuenta en tu declaración de la Renta anual.
Cómo numerar tus facturas correctamente
La numeración correlativa es uno de los puntos donde Hacienda mira con lupa. Tres reglas básicas:
- No puede haber saltos. Si emites la 2026-0001 y la 2026-0003, Hacienda preguntará qué pasó con la 2026-0002. No puedes "saltar" números.
- No puedes borrar una factura emitida. Si te equivocas en una factura ya enviada o contabilizada, la corriges con una factura rectificativa (con serie R- o similar), no borrando la original.
- Series múltiples son válidas. Puedes tener PRO-2026-0001 para clientes profesionales y PAR-2026-0001 para particulares si lo prefieres, siempre que cada serie sea correlativa internamente.
Lo más simple al principio es usar una única serie reiniciada cada año fiscal: 2026-0001, 2026-0002... y así hasta final de año.
Verifactu en 2026: lo que cambia
El Real Decreto 1007/2023 introduce el sistema Verifactu, que obliga a que todo software de facturación genere un registro firmado digitalmente de cada factura y lo envíe de forma automática a la AEAT. En la práctica, esto significa:
- Cada factura emitida lleva un código QR verificable.
- Los datos no se pueden alterar después de emitida sin dejar rastro.
- No puedes usar plantillas de Word, Excel ni software antiguo.
La guía completa sobre Verifactu cubre los detalles. Para emitir tu primera factura, lo relevante es: asegúrate de que el software que eliges desde el primer día está certificado Verifactu. Cambiar más tarde es complicado porque la numeración tiene que mantener su correlativa.
Tu primera factura paso a paso — ejemplo real
Vamos a emitir una factura completa con cifras reales. El caso: María López García, diseñadora gráfica, recién dada de alta como autónoma en enero de 2026. Su primer cliente es Acme Estudios SL, una empresa de Madrid. El servicio: diseño de identidad corporativa para una campaña, presupuestado en 1.500 € más IVA.
Factura nº: 2026-0001
Fecha de expedición: 15 de enero de 2026
Emisor:
María López García
NIF: 12345678Z
Calle Gran Vía 10, 28013 Madrid
Destinatario:
Acme Estudios SL
CIF: B12345678
Calle Alcalá 50, 28014 Madrid
Concepto:
Diseño de identidad corporativa para campaña "Primavera 2026" (logotipo, manual de estilo, aplicaciones)
- Base imponible: 1.500,00 €
- IVA (21%): 315,00 €
- IRPF (7% — autónomo nuevo): −105,00 €
- Total a pagar: 1.710,00 €
Qué pasa con este dinero en la práctica:
- Acme paga a María 1.710 €.
- De esos 1.710 €, 315 € son IVA que María ingresará a Hacienda en abril (Modelo 303 del Q1 2026).
- Los 105 € de IRPF los retiene Acme y los ingresa directamente a Hacienda en su Modelo 111 trimestral. María no ve ese dinero hasta que se lo descuenta de su declaración de la Renta del año siguiente.
- Los 1.500 € de base son los que María puede considerar realmente ingresados en su actividad, antes de descontar sus gastos deducibles.
Si Acme fuera un cliente particular (no empresa), la factura sería idéntica salvo que no habría retención de IRPF: el total a pagar sería 1.815 € (1.500 + 315 de IVA). Si Acme estuviera en Francia, tampoco habría retención ni IVA español, pero habría que seguir las reglas de operaciones intracomunitarias.
Plazos legales para emitir una factura
- Si tu cliente es particular (B2C): debes emitir la factura en el momento de la operación.
- Si tu cliente es empresa o autónomo (B2B): tienes hasta el día 15 del mes siguiente al de la operación.
Ejemplo: prestas el servicio el 28 de marzo a una empresa. Puedes emitir la factura hasta el 15 de abril. Si la fecha de expedición y la fecha de operación son distintas, ambas tienen que aparecer en la factura.
Si te equivocas: factura rectificativa
Si detectas un error en una factura ya enviada (IVA mal aplicado, importe equivocado, datos del cliente incorrectos) y la factura aún no ha sido pagada ni reportada, lo más limpio es anularla emitiendo una rectificativa que sustituya a la original. Si ya ha pasado el trimestre y la factura está presentada en el Modelo 303, tienes que emitir una factura rectificativa con serie distinta (habitualmente R- o RECT-) y referenciar la original.
Lo que nunca debes hacer: borrar la factura original o cambiarle los datos. Rompes la correlativa y expones tu contabilidad a una sanción.
Conservación y archivo
Estás obligado a conservar tus facturas emitidas y recibidas durante cuatro años para efectos fiscales ante Hacienda, y durante seis años a efectos mercantiles. Conservación electrónica es legal y recomendable. Si usas un software compatible con Verifactu, el propio sistema guarda el registro durante los plazos legales automáticamente.
Cómo Facturaz simplifica tu primera factura
Facturaz está diseñado específicamente para autónomos españoles y se ocupa de todos los puntos críticos de tu primera factura por ti:
- Numeración automática con series configurables, correlativa garantizada y reinicio anual.
- Cálculo automático de IVA según el cliente y el tipo de servicio.
- Retención de IRPF inteligente, detectando si tu cliente es empresa española o no.
- Verifactu integrado desde el primer día con QR, firma digital y envío a AEAT.
- Factura rectificativa en un clic con serie separada y referencia a la original.
- Archivo automático de todas tus facturas durante los plazos legales.
Puedes empezar gratis y emitir tu primera factura en cinco minutos. Solo pagas 24 € al mes cuando ya estés facturando de forma regular.