NIE en España: qué es y cómo pedirlo

NIE en España: qué es, quién lo necesita, cómo pedirlo en la Policía o en un consulado y en qué se diferencia de la TIE y del certificado verde.

Escrito por el equipo de Facturaz

7 min de lecturaÚltima actualización: nov 2026

En resumen

El NIE es tu número personal y único como extranjero en España y también tu número fiscal (artículo 205 del Real Decreto 1155/2024). Si vas a residir te lo asignan de oficio; si solo tienes intereses aquí, lo pides en la Policía o en un consulado y lo resuelven en un máximo de cinco días.

En esta página

El NIE, número de identidad de extranjero, es el número con el que la administración española identifica a una persona que no tiene la nacionalidad española. Lo necesitas para casi cualquier trámite con efectos económicos en España, desde trabajar hasta comprar una casa o pagar impuestos. Y es para siempre. Este artículo forma parte de nuestra guía sobre extranjeros en España: NIE, Seguridad Social e impuestos.

Aquí tienes qué es exactamente, quién lo necesita, cómo se pide en España y en un consulado y en qué se diferencia de la TIE y del certificado verde, que son documentos que lo llevan impreso.

Qué es el NIE

El reglamento de extranjería lo define como un número personal, único, exclusivo y secuencial que se da a una persona extranjera a efectos de identificación. Debe figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, salvo en los visados (artículo 205 del Real Decreto 1155/2024, que aprueba el reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 y está en vigor desde el 20/05/2025). Sustituyó al Real Decreto 557/2011, que regulaba el NIE en su artículo 206.

El NIE es también tu número fiscal. Para las personas sin nacionalidad española, el número de identificación fiscal es el NIE que se les asigna según la ley de extranjería (artículo 20.1 del Real Decreto 1065/2007). Con él te identificas ante Hacienda, la Seguridad Social, tu banco o tu empleador.

Se escribe con una letra, siete números y otra letra, sin espacios ni guiones, según explica el Ministerio de Justicia en su página de registro en Cl@ve.

Quién lo necesita

El artículo 205.1 del reglamento enumera tres grupos de personas extranjeras que reciben un NIE:

  • quienes inician un procedimiento para obtener un documento que les permite permanecer en España, como una autorización de residencia;
  • quienes tienen abierto un expediente administrativo de extranjería;
  • quienes se relacionan con España por sus intereses económicos, profesionales, sociales o de cualquier otra índole, aunque no vivan aquí.

En la práctica, lo necesitas si vas a trabajar en España, darte de alta como autónomo, comprar o vender un inmueble, recibir una herencia o declarar impuestos. Para tus relaciones con trascendencia tributaria necesitas un número de identificación fiscal (disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, General Tributaria). Como persona extranjera, ese número es tu NIE.

Cómo se consigue

De oficio, si vas a residir

Si inicias un procedimiento de residencia, la Dirección General de la Policía te asigna el NIE de oficio, sin que lo pidas aparte (artículo 205.3). Lo mismo con los visados que permiten estar en España más de 90 días en cualquier periodo de 180 sin necesidad de otra autorización. Los ciudadanos de la Unión Europea lo reciben al inscribirse en el Registro Central de Extranjeros: su certificado de registro lleva el NIE (artículo 7.5 del Real Decreto 240/2007).

A petición tuya, si solo tienes intereses en España

Si no vas a residir, pero necesitas el NIE para un negocio, una compra o una herencia, lo pides tú. Tienes que cumplir dos requisitos: no estar en España en situación irregular y explicar los motivos por los que lo pides (artículo 205.3).

  • Si estás en España: lo pides en persona a la Dirección General de la Policía, en una Oficina de Extranjería o en una comisaría de policía.
  • Si estás fuera: lo pides a través de un consulado de España, que lo envía a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras (artículo 205.4).

Según la sede electrónica de la Policía Nacional, presentas el formulario EX-15, de solicitud de NIE y certificados, junto con el justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012. Lleva también tu pasaporte o documento de identidad en vigor: como persona extranjera tienes que conservarlo y enseñarlo cuando te lo pidan (artículo 204).

La ley fija un plazo máximo de cinco días para resolver y notificar desde que la solicitud entra en el registro. Si en ese plazo no te contestan, la solicitud se entiende desestimada (artículo 205.4). En ese caso puedes presentar un recurso de reposición en un mes, según la misma sede.

NIE, TIE y certificado verde: no son lo mismo

El NIE es un número. La TIE y el certificado de registro son documentos que lo llevan, cada uno para un tipo de persona.

NIETIECertificado de registro de ciudadano de la UE
Qué esUn número de identificaciónUna tarjeta que acredita tu situación legal en EspañaUn certificado que acredita tu inscripción en el Registro Central de Extranjeros
Para quiénToda persona extranjera que se relaciona con EspañaPersonas de fuera de la UE con visado o autorización de más de seis mesesCiudadanos de la UE y del EEE que residen más de tres meses
Plazo para pedirloCuando lo necesitesUn mes desde la entrada o desde la autorizaciónTres meses desde la entrada
ValidezEs tuyo de forma permanenteLa misma que la autorización que acredita (artículo 209.7)El Real Decreto 240/2007 no le fija un plazo de validez
LeyArtículo 205 del Real Decreto 1155/2024Artículo 4.2 de la Ley Orgánica 4/2000 y artículo 209 del Real Decreto 1155/2024Artículo 7.5 del Real Decreto 240/2007

"Certificado verde" es el nombre con el que se conoce habitualmente el certificado de registro. Los familiares que no son de la UE reciben otra tarjeta, la de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, que piden en el mismo plazo de tres meses (artículo 8 del Real Decreto 240/2007).

Cada uno de estos documentos tiene además un número de soporte, distinto del NIE, que identifica la tarjeta o el certificado concreto. Te lo piden, por ejemplo, para registrarte en Cl@ve. Lo explicamos en el número de soporte del DNI y del NIE.

Lo que el NIE no hace

  • No te da permiso para vivir ni para trabajar. Si no eres de la UE, para trabajar necesitas una autorización de residencia y trabajo (artículo 36.1 de la Ley Orgánica 4/2000).
  • No te hace residente fiscal. Eso depende de los días que pasas en España y de tus intereses económicos. Lo vemos en residencia fiscal frente a residencia legal.
  • No te da de alta en la Seguridad Social. Para trabajar necesitas además un número de la Seguridad Social.

Si tienes NIE y vas a ser autónomo

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Escrita por Facturaz. Revisada por última vez el 07/11/2026.

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